Servicios Signo

Solicitud de nacionalidad española para sefardíes de origen español

Mediante este servicio, desde el 1 de octubre de 2015, y durante 3 años, los sefardíes de origen español podrán solicitar a los notarios el Acta de Notoriedad que acredite dicha condición, como paso previo para la gestionar la nacionalización española.

¿En qué consiste este servicio?

Los sefardíes de origen español que quieran solicitar la nacionalidad española podrán hacerlo a través de este portal web. Para ello, tendrán que realizar una serie de pasos. A saber:

Cumplir los requisitos

Abrir una solicitud en nuestro portal web rellenando algunos datos personales, aportar la documentación que acredite su condición de sefardí y su espacial vinculación con España, y aprobar las pruebas de idioma español (nivel A2 o superior) y Conocimientos Constitucionales y Socioculturales españoles del Instituto Cervantes. Realizado esto, deberán enviar toda esta información, de forma telemática mediante este portal, al notario de turno que corresponda del municipio escogido por el interesado.

Acta de Notoriedad

Una vez enviada la solicitud, el notario recibirá en su sistema informático (plataforma SIGNO) toda la información remitida y, en caso de estimar justificada su condición de sefardí y su vinculación con España, levantará Acta de Notoriedad que deberá firmar junto al interesado, y enviar a la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) de forma telemática.

Acto de Jura o Promesa

Una vez recibida el acta y la documentación del interesado, la DGRN procederá a dictar resolución estimatoria. A partir de entonces, el interesado dispondrá de un año para realizar el Acto de Jura o Promesa en el Consulado Español que le corresponda. Finalmente, emitirá el pasaporte español.

Tasa y estado de la solicitud

Para poder realizar este trámite, el interesado deberá abonar la tasa que devenga de la solicitud antes de su remisión al Ministerio de Justicia. Por otra parte, durante el transcurso del trámite será informado de su estado en el mismo portal web.

¿Qué organismos se integran en este servicio?

La Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN) y el Instituto Cervantes. También, colaboran la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), así como la Policía y los Consulados Españoles.

¿Cuál es la legislación aplicable?

Este servicio nace a resultas de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, y se publica el 1 de octubre de 2015 como consecuencia de la Instrucción de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la aplicación de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

¿Cuál es la principal ventaja?

Permite a los interesados gestionar una buena parte del trámite desde cualquier parte del mundo, de forma telemática, evitando de esta manera grandes desplazamientos. Además, al integrar diferentes organismos oficiales, mantiene a todos ellos informados y actualizados respecto a la documentación requerida, evitando al interesado tener que tratar con diferentes interlocutores.

Por parte del notario, a través de este servicio obtiene de forma telemática, sin necesidad de que se persone el interesado, toda la documentación probatoria necesaria para emitir el Acta de Notoriedad, así como remitir a la DGRN dicha documentación junto con el acta.

Todo ello, con las debidas medidas de seguridad.

¿Qué aporta a la notaría?

Además de la importante ayuda para la gestión del trámite, refuerza la proyección internacional del notariado español al dirigir sus servicios a cualquier ciudadano del mundo.

¿Qué aporta a los organismos oficiales?

La gestión del servicio en una sola plataforma permite mantener la información agrupada por expediente y, en consecuencia, su consistencia e integridad. De esta manera, los organismos oficiales pueden proporcionar o recibir la información que es de su competencia con plenas garantías de fiabilidad y seguridad.

¿Y a los interesados?

Todos los sefardíes de origen español que quieran solicitar la nacionalidad española disponen de una plataforma informática desarrollada exclusivamente para ellos, con la que pueden recopilar la información que les es requerida y tramitarla de forma telemática con los organismos implicados, lo cual repercute en un notable ahorro de tiempo y costes de desplazamiento, así como tener que tratar con diferentes interlocutores.

Deme algunos datos de interés

Este servicio está en funcionamiento desde el 1 de octubre de 2015.

Desde entonces, en los primeros 10 meses el volumen de solicitudes se sitúa en más de 2.400, de las cuales, se han enviado a notario más de 600, y de éstas se han firmado más de 250 Actas de Notoriedad.

¿Cómo hacer uso del servicio en la notaría?

El Servicio se halla ubicado en la plataforma SIGNO.

Puede ser utilizada por el conjunto de las 3.000 notarías de España. Encontrará el correspondiente manual de usuario con todo el detalle para iniciarse en el uso del Servicio y poder ofrecer el mismo al solicitante sefardí.

¿Cómo puede hacer uso del servicio el sefardí?

El sefardí debe utilizar el portal www.justicia.sefardies.notarido.org y seguir los pasos que se indican en la página de inicio del mismo. Antes de empezar, le recomendamos tener las pruebas de idioma y cultura del Instituto Cervantes realizadas, así como recopilar la documentación que se le requiere. Para saber más al respecto, puede consultar este enlace http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/areas-tematicas/nacionalidad.

Estadísticas de uso y eficiencia

Año de inicio 2015

Durante los diez primeros meses se han tramitado:

Solicitudes iniciadas: 2.400

- Solicitudes enviadas a notario: 650

Actas de notoriedad firmadas: 300

Últimas Noticias