Entre la información que deben remitir los Colegios Notariales a partir de los índices informatizados que reciben de los Notarios, se encuentra la que forma la relación o índice trimestral comprensivo de los documentos que contengan hechos, actos o negocios jurídicos que pongan de manifiesto la realización del hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que conforme al artículo 111.7 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los Notarios deben remitir a los Ayuntamientos respectivos.
Estas relaciones o índices que hasta diciembre de 2003 los Ayuntamientos recibían en soporte papel y Notario por Notario, a partir de enero de 2004 la reciben de los órganos corporativos del Notariado, de modo colectivo y en soporte informático, con todo lo que de positivo esto tiene para facilitar la gestión e inspección del indicado tributo por parte de los ayuntamientos.
A la vista de todo ello, se ha hecho preciso arbitrar un procedimiento a través del cual esta información pueda ser enviada, con las debidas garantías de seguridad, desde los órganos corporativos del Notariado hasta los Ayuntamientos. Con el fin de superar las dificultades que la enorme cantidad de ayuntamientos que tienen implantado este tributo puede suponer, desde el Notariado se ha diseñado un sistema que, reuniendo los requisitos de seguridad precisos, pueda ser fácilmente utilizado por todos ellos.
Este sistema consiste en descargar los mencionados índices trimestrales de un servidor Web seguro de la Agencia Notarial de Certificación, empresa tecnológica del Consejo General del Notariado. A fin de garantizar que los índices no puedan ser descargados por ninguna persona no autorizada, se proporciona un certificado digital a cada ayuntamiento para que lo instale en el navegador de Internet que utilizará en la conexión con el servidor del Notariado.
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