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Diligencias de Pago y Presentación

Cuando se pretende inscribir en el Registro de la Propiedad o Mercantil que corresponda una escritura que está sujeta a tributación del impuesto de ITP/AJD, es necesario acreditar ante el propio Registro que el referido impuesto se ha presentado y liquidado ante la oficina liquidadora correspondiente. Una realizada la gestión y acreditada ante el registro, el documento presentado es susceptible de inscripción registral, previa calificación del Sr. Registrador.

En ocasiones es la propia notaria quien realiza la presentación y liquidación del impuesto, previo encargo del sujeto pasivo. En este caso la propia notaria que realiza esa gestión, obtiene el justificante correspondiente para adjuntarlo en la presentación al Registro.

Pero existen otros casos en los que la liquidación del ITP/AJD no lo realiza la notaría, careciendo por tanto del justificante de haberse liquidado el tributo.

Para evitar que en estos casos la notaria no pudiese realizar el trámite de presentación e inscripción telemática en Registro, se creó y puso en funcionamiento este servicio de “Diligencias de Presentación” en virtud del cual las Comunidades Autónomas pueden remitir, a la notaría, un justificante de la liquidación del tributo realizada por un tercero distinto de la propia notaria. Este justificante es documento válido para acreditar este hecho ante el Registro y así, proceder a la práctica de la inscripción.

¿En qué consiste este servicio?

El servicio de recepción de Diligencias de presentación permite a las Notarías, recibir telemáticamente un justificante del pago y presentación del ITP/AJD aunque la liquidación del tributo la realice cualquier otra persona ajena a la notaria.

Este justificante adjuntado a la copia telemática le permite a la notaria poder completar satisfactoriamente el trámite de presentación e inscripción de escrituras en los Registros de la Propiedad y Mercantiles de toda España.

¿Qué organismos se integran en este servicio?

El servicio de recepción de Diligencias está integrado con 7 de las 21 Comunidades Autónomas y Diputaciones Forales encargadas de gestionar este tributo.

Desde ANCERT continuamos trabajando para integrar un mayor número de organismos conocedores de la importancia del Servicio como complementario del de presentación e inscripción telemática en Registros, servicio este último que se ha convertido crucial en la actividad ordinaria de las oficinas notariales.

¿Cuál es su principal ventaja?

La recepción telemática de los justificantes de pago y presentación del ITP/AJD en la notaría aporta agilidad y viabilidad a las tramitaciones derivadas de la firma del documento público, especialmente en la inscripción en el Registro.

¿Qué aporta a la notaría?

La Notaría consigue obtener el justificante de la liquidación del tributo y por lo tanto, poder inscribir el documento en el Registro aportando al ciudadano un servicio integral de tramitación, aun cuando no se encarga a la notaría la liquidación del tributo.

¿Y a los ciudadanos?

Por su parte para el ciudadano las principales ventajas destacables de este servicio se concentran en la comodidad, agilidad y el ahorro de plazos y costes que han sido destacados en otros servicios similares al presente.

Deme algunos datos de interés

El servicio de envío de Diligencias de presentación está en funcionamiento desde finales del 2007.

Durante el 2013, se recibieron más de 90.000  justificantes de presentación y debido a las integraciones que se están realizando con distintas comunidades, se prevé que el número de justificantes recibidos en los años sucesivos continúe aumentando.

¿Cómo hacer uso del servicio en la notaría?

El Servicio se halla ubicado en la plataforma SIGNO, herramienta de gestión y tramitación de los diferentes trámites que se realizan desde la Notaria en su relación con terceros (Registros, Administraciones Públicas y Organismos privados).

Puede ser utilizado por el conjunto de las 3.000 notarías de España, y no requiere de trámite previo o adhesión alguna.

¿Cómo puede hacer uso del servicio el ciudadano?

Cuando se dirija a la Notaría, simplemente deberá indicar que desea hacer uso de este servicio para disfrutar de las ventajas del mismo. La Notaría le detallará la documentación que debe aportar y, cuando Ud. acuda, se encargará de realizar el trámite y e informarle del resultado y la gestión realizada.

Estadisticas de uso y eficiencia

Año de inicio: 2007

Organismos adheridos: 7 Comunidades Autónomas y Diputaciones Forales

Volumen de uso anual: 90.000 justificantes de presentación realizadas

Volumen acumulado: 325.000 diligencias

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