Los Certificados Notariales Corporativos de Representación son emitidos a representantes de personas jurídicas previa identificación y autenticación ante el Notario que actúa como Autoridad de Registro de ANCERT. Se utilizan tarjetas criptográficas y módulos Hardware de Seguridad (Hardware Security Modules HSM) como únicos soportes de los Certificados. A fin de permitir que los usuarios tengan conocimiento de las facultades que van a poder ser objeto de contratación y representación por el representante el Certificado contiene un campo que incluye uno de los dos tipos de representante siguientes:
Cada tipo de apoderado implica la concesión de las facultades que al mismo corresponden de acuerdo con lo expuesto en el directorio Facultades de Apoderado General y Facultades de Apoderado Mercantil donde se enumeran dichas facultades que comprenden a cada modalidad.
En el supuesto de los Cargos de Fundaciones que sean los únicos legitimados para firmar las cuentas anuales el subscriptor del certificado deberá ser necesariamente uno de dichos cargos (Presidente o Secretario del Patronato con condición de Patrono), y el tipo de representación será:
- Cargo Fundacional
El Notario solicitará al Solicitante la siguiente documentación:
- Documento nacional de identidad/pasaporte o cualquier otro medio admitido en derecho, siempre que contenga al menos la siguiente información:
- Nombre y apellidos.
- Lugar y fecha de nacimiento.
- Número de Identidad reconocido legalmente.
- Otros atributos del Solicitante.
- Escritura original de donde derive la representación del representante de la persona jurídica con expresión de sus facultades y su vigencia, inscrita en su caso en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
- Para acreditar el atributo que, en su caso, desee el representante incluir en el Certificado, se aportará el Documento oficial o auténtico del que deriva dicho atributo (pertenencia a un colegio profesional, un cargo público, titulación, etc...)
Además, respecto a la persona jurídica, el Solicitante representante deberá facilitar la siguiente documentación:
- Escritura original de constitución de la persona jurídica inscrita en el Registro Mercantil, en caso de que se trate de una sociedad española, o en la oficina de registro administrativo equivalente en el caso de sociedades extranjeras.
- NIF o número de identificación fiscal equivalente en caso de sociedades extranjeras.
- Dirección de correo electrónico.
En este certificado es posible incluir la siguiente información:
- Límite de cuantía en las transacciones realizadas con el certificado.
- Atributo del Representante: Este campo es opcional para el caso de que el Suscriptor esté interesado en la constatación en el Certificado de un atributo (por ejemplo, pertenencia a un Colegio profesional, circunstancias personales, minusvalías, circunstancias de salud, cargos honoríficos, etc...).
- Límite de uso del certificado.
El coste del certificado es de 140€ (IVA no incluido). Este importe se abonará en la Notaría en el momento de formalizar la emisión del certificado.
Periodo de validez del certificado electrónico: 3 años.
Lea más detalles en la Política de Certificación.




